a ver, aunque este en una relación, soltera es si no esta casada (para algunos no es obvio)
en cuanto a cómo está redactado... pues nada nuevo bajo el sol, no se muy bien que enseñan en periodismo, pero ves la redacción de casi cualquier noticia que me espero cualquier cosa, aunque no descarto que se haya hecho a posta.
[*9*] @corinto No me he leído la noticia, pero presumo que se aplicará el régimen civil común y no el catalán. A menos que haya habido alguna modificación el 7.3 (creo q era) LTRHA preve que se haga el reconocimiento en el RC. En el régimen catalán sí que se puede dar el consentimiento directamente en la clínica sin necesidad de estar casadas, pero en el régimen común no.
[*10*] Aunque creo que me has entendido mal. En mi comentario no decía que no pueda haber doble maternidad, claro que pueda haberla. Sino que no se va a aplicar la presunción de paternidad (en este caso maternidad) que opera en los matrimonios. Aunque sean pareja de hecho en la clínica sólo le van a pedir el consentimiento a la gestante, no a su pareja.
Técnicamente si la pareja de la madre no reconoce al recién nacido no va a haber doble maternidad. Así que el titular no está mal. Otra cosa es que la crien conjuntamente, pero si no están casadas la filiación a priori será de la gestante
¿Y no puede ser que afronte la maternidad como soltera (el hijo es suyo, no suyo y de su pareja porque igual ni llevan mucho tiempo juntas, o su pareja no quiere esa responsabilidad...) aún teniendo pareja?
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