Y lo mejor de todo es que la chavala esta podría ser nazi y encontrar trabajo sin problemas si no fuera predicando a los cuatro vientos su mierda de ideologia.
Seguramente ya no le parece tan buena idea lo de subirse a un escenario puesta de coca a convertirse en la nueva "musa" del nazismo.
Si se acepta que no se contrate a un facha por ser facha, no nos quejaremos si un empresario no quiere contratar a un activista lgtb, a un miembro de la plataforma antideshaucios, etc, etc,y ojo, los empresaros suelen ser más de derechas que el resto. Asi veremos que en una seleccion de empresa, por cada año de carnet de PP den más meritos.
[*12*] Y ahora puto cuñado anormal, espero que dejes de soltar paridas y te autoconvenzas de que tienes razón. Te dejo un poco más información de la constitución que te sabes entera según tú. Subnormal.
Tipos de acciones o conductas que constituyen un delito de odio
Las conductas que están consideradas como hechos delictivos de odio y se castigan con la pena básica de prisión de 1 a 4 años y multa de 6 a 12 meses son:
Fomentar, promover o incitar directa o indirectamente y de manera pública el odio, la hostilidad, discriminación o la violencia contra un grupo o una persona que pertenezca a dicho colectivo (por las razones expuestas en el apartado anterior: raza, religión, idioma, etc.).
Producir o elaborar escritos u otro material similar con la intención de distribuirlos para provocar la conducta de odio o discriminación del anterior punto.
Negar o trivializar públicamente y de manera grave los delitos de genocidio, lesa humanidad o contra las personas y bienes protegidos por los mismos motivos discriminatorias que mencionábamos anteriormente.
[*12*] Aquí tienes la explicación para retrasados mentales como tu por parte del BOE y de abogados..
Motivos que constituyen delito de odio
El objetivo principal de castigar este delito es proteger los derechos fundamental y la libertad de ciertos colectivos de personas que tradicionalmente han sido discriminados y se encuentran en desigualdad.
El delito de odio viene regulado en el artículo 510 del Código Penal, siendo que la reforma operada por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, vino a modificar dicho precepto considerablemente. En la actualidad es un artículo extenso y de compleja interpretación que recoge una variada serie de acciones que pueden dar lugar al delito. La pena pena prevista es una pena conjunta de prisión y multa; pudiendo alcanzar en los supuestos más graves una pena privativa de libertad de 4 años de prisión.
Así pues, teniendo en cuenta la variedad de conductas que pueden integrar un delito de odio se hace muy difícil dar una definición única o que comprenda todas las modalidades comisivas que contempla el tipo penal. sin embargo, simplificando, podríamos definir el delito de odio como toda aquella conducta movida por un claro afán discriminatorio y denigrante, dirigida contra un grupo, una parte del mismo o una persona, por motivos racistas, antisemitas, u otros que tengan que ver son su ideología, religión, creencias, orientación sexual, etc..; con capacidad suficiente para incitar al odio contra tales personas, o lesionar su dignidad personal, así como justificar, enaltecer o dar publicidad a tales conductas.
[*12*] Artículo 510 del Código Penal
Código Penal
1. Serán castigados con una pena de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses:
c) Públicamente nieguen, trivialicen gravemente o enaltezcan los delitos de genocidio, de lesa humanidad o contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, o enaltezcan a sus autores, cuando se hubieran cometido contra un grupo o una parte del mismo, o contra una persona determinada por razón de su pertenencia al mismo, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, la situación familiar o la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad, cuando de este modo se promueva o favorezca un clima de violencia, hostilidad, odio o discriminación contra los mismos.
Quien le iba a decir a esta pobre criatura que tener una ideología enfermiza y fruto del odio y de paso hacerse famosa gracias a ella le iba a pasar factura.
2. Serán castigados con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a doce meses:
b) Quienes enaltezcan o justifiquen por cualquier medio de expresión pública o de difusión los delitos que hubieran sido cometidos contra un grupo, una parte del mismo, o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad, o a quienes hayan participado en su ejecución.
Los hechos serán castigados con una pena de uno a cuatro años de prisión y multa de seis a doce meses cuando de ese modo se promueva o favorezca un clima de violencia, hostilidad, odio o discriminación contra los mencionados grupos.
[*4*] Una empresa no debería discriminar por ejemplo, por ser abertzale, nacionalista, marxista leninista, nada de esto justifica una discriminación. Si has sido un activista de la kaleborroka, estás orgulloso de quemar autobuses y lo muestras en redes, cambia el panorama.
[*11*] Gordito fofin, te preguntaria qué articulo de la constitucion dice que un simbolo nazi, que la bandera de España con el Aguila de San Juan, o con la Cruz de los Hasburgo, o con el escudo de Alenadro Farnesio es inncostitucional. Como tampoco seria anticonstitucional la bandera de España con el yugo y el martillo. Pero no te lo pregunto. Se que ese articulo no existe. Sé que solo dices tonterias, porque eres muy tonto. Gordito fofín, sales a la calle? Te da el aire? Cuidate, en serio, la vida son cuatro días, aprovechala, no te quedes en esta irrealidad. Me das pena. Y ya que estas todo el día en tu mierdacueva, aprovecha, antes de decir que algo es anticonstitucional, enterate, antes de decir que la OTAN no tiene fronteras con Georgia, enterate, antes de decir que la OTAN son 25 paises, enterate, antes de escribir Harmonia, enterate, Gordo, fofo, y analfabeto funcional. Chico, eres una joya. Intenta arreglar tu vida
[*18*] Has trabajado mucho lechoncito, aunque no entiendes lo que pegas, has hecho mucho copia y pega, tomate dos bollycaos que te vas a desmejorar, tontin
[*18*] Tontin, para conocer la verdad hay que salir más, mira este partido https://es.wikipedia.org/wiki/La_Falange_(partido) te parece fascista? te parece nazi? Es legal. Denuncialo, vas a ver que risas. Discrimina (como no sea en el acceso a tu madriguera) a alguien por ser de ese partido. Cometes un delito.
Porque en tu ignorancia del mundo, fofito tontin, confundes la constitución, el codigo penal, las leyes, como si fuera un potaje; y conceptos como conducta e ideologia (sobrepasan tu intelecto) los mezclas como el vino tinto de los calimochos que te metes, pero son cosas distintas; a nadie se le castiga por su ideologia, sea fascista, sea nazi, sea comunista stalinista, sea maoista, sea la rebaba que eres tú
Cualquier discriminación debería estar permitida, otra cosa es que a los demás no nos guste y no apoyemos al discriminador.No hay que confundir la discriminación con
el -ismo.
Si la discriminación les parece bien o mal según el contenido ustedes son parcialistas. Utilizan la discriminación para castigar lo que no les gusta.
Que yo sepa esa chica solo habla, nunca ha agredido a nadie. Sin embargo, algunos celebran que se la discrimine. Eso sí, se siguen considerando las personas más abiertas y tolerantes de toda la historia de la humanidad y un ejemplo a seguir por los demás. Arrogancia.
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