Yo hubiera ido... aunque fuera solo por reírme un rato del juez con chistes sobre amigos imaginarios.
Me imagino algo en plan:
- Señoría... ¿Podría repetirme de que se me acusa?
- Herir sentimientos religiosos por cagarse en Dios y la Virgen.
- Joder... lo siento, os juro que mi intención nunca fue herirles. ¿Sabe usted si ya se encuentran bien Dios y la Virgen?
Debería haber igual de libertad, si existe la "ofensa A los sentimientos religiosos", debería existir el equivalente de "ofensa DE los sentimientos religiosos".
Si unos tipos creen que otros viven en pecado por no vivir según los dictados de su dios, cualquiera debería ser libre de poder llamarles *******. Y si es su dios el que te amenaza con castigos eternos por no hacerle casito, poder mandarle a la mierda con total libertad.
[*11*] @guileam El juez también puede no admitir la demanda y evitar todo el teatrillo.
[*12*] @jimboc Toledo ya explicó que su intención era forzar esto. Llevar la situación hasta el extremo en el que haya que debatir lo absurdo de que se pueda demandar por ello. Viene a ser como lo de los insumisos. Si ta hacías objetor, asumías la obligatoriedad de la mili, la única manera de eliminar la obligatoriedad era no aceptarla, aceptando las consecuencias penales que había.
[*2*] @thesavageplayground La autoridad de un juez es absoluta, el incumplimiento de sus ordenes implica la acción de la fuerza represiva del Estado.
A Toledo no le llaman a declarar por cagarse en Dios, le llaman a declarar porque una persona le ha demandado por cagarse en Dios. La tarea del juez consiste en escuchar a ambas partes y en atención al código civil entender que hay o no hay un delito punible.
Si tu acudes a declarar probablemente el juez en base a la defensa jurídica que tu hagas no te condene por esa gilipollez.
Si tu incumples un mandato judicial te detienen, en primer lugar para forzarte a declarar ante el juez, en segundo lugar porque la desobediencia a los jueces en sí misma es un delito.
[*11*] @guileam No, la tarea del juez no consiste en escuchar a ambas partes, primero consiste en ver si los hechos denunciados son delito. Después, escuchar a ambas partes. Como la blasfemia (cagarse en dios) no es delito, el trabajo del juez es decirle al que denuncia que se vaya a tomar por culo. Imaginad que en una relación de pareja una de las partes le pone los cuernos a la otra y como consecuencia de ello la respuesta es una demanda por estafa porque "me ha engañado con otra persona", ¿veríais normal que el juez admitiera eso a trámite? Pues en este caso es igual, si la blasfemia está despenalizada desde 1988 (no se incorporó al 525 CP), si te llega una denuncia por blasfemia su labor es rechazarla.
Ya hay que ser cínico para decir que no le llaman por cagarse en dios sino porque "le han denunciado por cagarse en dios". Con ese razonamiento de mierda un asesino no estaría en la cárcel por haber matado, sino porque le denunciaron por haber matado. Los jueces, aunque parezca mentira, son humanos. Los humanos, a veces, se saltan las leyes a sabiendas. Los jueces no están libres de ello.
El post de Maldito Bulo rezuma bilis hacia Willy Toledo. No puedes "desmentir" un bulo sin mencionar lo fundamental: Sí, no se ha presentado en el juzgado, ¿por qué no dicen el motivo por el que se tenía que presentar en el juzgado? Por cagarse en dios. En una democracia plena cagarse en dios no te puede forzar a presentarte en un juzgado, creo que hasta aquí deberíamos llegar todos, ¿no?
[*1*] @desolee Es que a juicio puede ir por cualquiera estupidez, por pisarle las plantas al vecino, sentirse ofendido,... . Después vas al juicio y es ahí es donde el Juez debería mandar a la mierda al denunciante y hacerle pagar las costas del juicio y daños y prejuicios. PERO TU TIENES QUE IR SI O SI A DECLARAR, no ir es creerte más que los demás y un acto de chulería.
[*25*] @pareidolia2 Existe un delito contra los sentimientos religiosos que se creó englobando varios existentes. La blasfemia no estaba entre ellos, por lo que la blasfemia (lo que hizo Willy Toledo) no encaja en ese delito. Sé que me repito, pero al igual que el robo es un delito, "robarte el corazón" no lo es. Lo de que encima sea culpable ya tiene narices, estos casos se archivan en cuanto toman declaración a ambas partes porque no tienen ninguna base.
Pero bueno, todo esto lo explica mejor un catedrático de derecho penal https://twitter.com/JUc3m/status/1037351517777481728
Pero el tema es que tenga que ir a declarar por cagarse en un personaje imaginario. Eso implica que ese hecho es constitutivo de delito y que si reconoce haberlo hecho, será condenado. Apostaría algo a que si la Asociación de Abogados Dragonballianos presentan una denuncia porque alguien se ha cagado en Son Goku, el juez no pedirá que acuda el ofensor a declarar. Y eso que es el puto mejor superguerrero del universo.
En definitiva, no le han detenido por cagarse en dios pero si le condenarán por haberlo hecho si lo reconoce, que es más o menos lo mismo.
Esta foto es capciosa y mentirosa. Si va a la carcel por cagarse en dios y la virgen. Si en un pais aconfesional te llaman a declarar por USAR TU LIBERTAD DE EXPRESION para cagarte EN QUIEN TE SALGA DE LOS COJONES, y por no ir a declarar a un juzgado por algo QUE NO DEBERIA SER DELITO vas a la carcel, estas iendo por eso y no por no ir a declarar.
[*32*] @pareidolia2 Técnicamente sí es posible, lo comenta el señor del hilo que he pasado, el escarnio, la mofa, el humor en general para reírse de unos ritos serían delito (otra cosa es que en el TEDH nos dijeran que de qué vamos, como con la quema de las fotos del rey). El problema es que lo que hizo Willy Toledo fue literalmente blasfemar, insultar a una deidad, y la blasfemia no entra en el 525.
Es un problema tanto del legislativo por no reformarlo como del judicial, por aplicar algo mal a sabiendas. En todos los casos anteriores con montajes humorísticos sí sería un problema del legislativo (la ley choca con los derechos fundamentales) pero en lo de Willy Toledo ni eso, es un problema del juez que admite a trámite algo así.
[*15*] @nemeton La inadmisión de una demanda se hace por cuestiones formales y no de fondo, la carga probatoria de los hechos corresponde al proceso de instrucción, para el cual se requiere testimonio de las partes siempre.
[*17*] @damonlindelof El juez no puede desoír una demanda sin escuchar a las partes ya que estaría prevaricando. Una demanda solo se puede inadmitir por cuestiones formales, en la fase de instrucción el juez debe escuchar testimonio de las partes para determinar la existencia o no de delito penal, y en función a ese testimonio y las pruebas aportadas entender si incurre el comportamiento en un delito penal, en caso de entender que incurre se procede a un juicio oral, en caso de entender que no incurre se desestima la demanda.
Lo que tu has dicho tiene que ver más con un tribunal franquista que con el actual.
@megamoya Aconfesional es que manda la creencia mayoritaria.Laico es una imposición del ateísmo independientemente de cuantos allá. Que sea aconfesional es mucho más democratico y adaptable si en el futuro la creencia mayoritaria es otra.
[*36*] @guileam Si el hecho denunciado no es por sí mismo delito el juez tiene la obligación de dar carpetazo, no sé cuántas veces voy a tener que repetir que la blasfemia no entra dentro de las ofensas a los sentimientos religiosos, lleva despenalizada literalmente 30 años.
No sé qué parte de lo que he dicho dices que tiene que ver más con un tribunal franquista que con el actual, pero llevar a alguien al juzgado por una denuncia por blasfemia desde luego que me parece que recuerda bastante al franquismo.
[*39*] @damonlindelof ¿No tienes ni idea de derecho y por eso te lo inventas? Se llama delito por ofensas y es el siguiente:
"Artículo 525. del código penal
1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.
2. En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna."
Algunos tribunales franquistas rechazaban demandas judiciales según el criterio personal del juez sin atender a las pruebas o hechos probados, en el derecho actual el juez no puede inadmitir en base a sus opiniones, su deber consiste en oír a las partes, recabar pruebas y revisar el alcance de los hechos imputados. La propia admisión de la demanda es recurrible, de todas formas estudia bien las causas de inadmisión de demandas y el proceso de instrucción porque te veo muy pez en el asunto.
[*40*] @guileam Si me leyeras dejarías de repetir el mismo argumento: el delito de ofensa a los sentimientos religiosos consiste en hacer escarnio de los dogmas (burlarse, vaya) o vejación a los propios religiosos, pero no incluye la blasfemia, que es lo que hizo Willy Toledo. La blasfemia se despenalizó hace 30 años. He enlazado un hilo de Twitter de un catedrático que lo explica bastante bien, pero supongo que tú sabrás más que el catedrático.
El deber de un juez no es escuchar a las dos partes siempre, si yo te denuncio por robo porque "me has robado a la novia" la labor del juez no es llamarte a declarar, es ver que el hecho denunciado no es delito y desestimarlo. Por eso digo que si a un juez le llega una denuncia por el 525 y los hechos denunciados (blasfemia) no se ajustan al 525 el juez tiene que desestimarla y no llamar a declarar al denunciado. Esto no me lo invento yo, lo dice el 313 de la ley de enjuiciamiento criminal: si los hechos denunciados no constituyen delito ha de desestimarse.
[*31*] @damonlindelof ¿Entonces crees que es técnicamente imposible incurrir en este delito? o, dicho de otra forma, ¿crees que los jueces pueden decidir, con sus sentencias, que "el legislativo se ha equivocado con esto... tío, estos del Congreso están tontos, nosotros no vamos a condenar a nadie por esto, sólo faltaba"? ¿algo así? Porque eso plantea una enorme serie de problemas sobre el proceso de elaboración de las leyes y sobre la separación de poderes...
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