[*2*] la propia Constitución ampara el derecho a la morada frente al de la propiedad, y así lo dicta la jurisprudencia, porque el derecho a la vivienda es universal y primario, mientras que el de la propiedad privada es terciario. Para leertela a medias, puedes cerrar la boca y evitar quedar en ridículo.
[*1*] habrá casos que sean así y habrá casos que sean ocupaciones y tengas al propietario asfixiado con todos los gatos y su situación personal. No todo el que pone una vivienda en alquiler es un rico con ganas de especular.
[*1*] no es su morada legitima? Si yo alquilo mi piso a alguien y por x razon no le quiero renovar el contrato, se acabo, no le renuevo y que se vaya de MI PROPIEDAD, no es su propiedad, tanto que hablais de constitucion esta protege la propiedad privada de momento.
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